lunes, 14 de junio de 2010

TEMA 2: ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL. LEGISLACIÓN QUE REGULA EN ESPAÑA LA ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL CENTRO ESCOLAR.


INDICE DE LA LOE

PREÁMBULO
TÍTULO PRELIMINAR
·         CAPÍTULO I. Principios y fines de la educación
o   Artículo 1. Principios
o   Artículo 2. Fines

·         CAPÍTULO II. La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida.
o   Artículo 3. Las enseñanzas
o   Artículo 4. La enseñanza básica
o   Artículo 5. El aprendizaje a lo largo de la vida

·         CAPÍTULO III. Currículo
o   Artículo 6. Currículo

·         CAPÍTULO IV. Cooperación entre Administraciones educativas
o   Artículo 7. Concertación de políticas educativas
o   Artículo 8. Cooperación entre Administraciones
o   Artículo 9. Programas de cooperación territorial
o   Artículo 10. Difusión de información
o   Artículo 11. Oferta y recursos educativos

TÍTULO I. LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN
·         CAPÍTULO I. Educación Infantil
o   Artículo 12. Principios Generales
o   Artículo 13. Objetivos
o   Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos
o   Artículo 15. Oferta de plazas y gratuidad

·         CAPÍTULO II. Educación Primaria *
o   Artículo 16. Principios generales
o   Artículo 17. Objetivos de la educación primaria
o   Artículo 18. Organización
o   Artículo 19. Principios pedagógicos
o   Artículo 20. Evaluación
o   Artículo 21. Evaluación de diagnóstico


·         CAPÍTULO III. Educación secundaria obligatoria
o   Artículo 22. Principios generales
o   Artículo 23. Objetivos
o   Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero
o   Artículo 25. Organización del cuarto curso
o   Artículo 26. Principios pedagógicos
o   Artículo 27. Programas de diversificación curricular
o   Artículo 28. Evaluación y promoción
o   Artículo 29. Evaluación de diagnóstico
o   Artículo 30. Programas de cualificación profesional inicial
o   Artículo 31. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria

·         CAPÍTULO IV. Bachillerato
o   Artículo 32. Principios generales
o   Artículo 33. Objetivos
o   Artículo 34. Organización
o   Artículo 35. Principios pedagógicos
o   Artículo 36. Evaluación y promoción
o   Artículo 37. Título de Bachiller
o   Artículo 38. Prueba de acceso a la universidad

·         CAPÍTULO V. Formación Profesional
o   Artículo 39. Principios generales
o   Artículo 40. Objetivos
o   Artículo 41. Condiciones de acceso
o   Artículo 42. Contenido y organización de la oferta
o   Artículo 43. Evaluación
o   Artículo 44. Títulos y convalidaciones

·         CAPÍTULO VI. Enseñanzas artísticas
o   Artículo 45. Principios
o   Artículo 46. Ordenación de las enseñanzas
o   Artículo 47. Correspondencia con otras enseñanzas
Sección Primera: Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza
o   Artículo 48. Organización
o   Artículo 49. Acceso
o   Artículo 50. Titulaciones
Sección Segunda: Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño
o   Artículo 51. Organización
o   Artículo 52. Requisitos de acceso
o   Artículo 53. Titulaciones
Sección Tercera. Enseñanzas artísticas superiores
o   Artículo 54. Estudios superiores de música y danza
o   Artículo 55. Enseñanzas de arte dramático
o   Artículo 56. Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales
o   Artículo 57. Estudios superiores de artes plásticas y diseño
o   Artículo 58. Organización de las enseñanzas artísticas superiores

·         CAPÍTULO VIII. Enseñanzas deportivas
o   Artículo 63. Principios generales
o   Artículo 64. Organización
o   Artículo 65. Titulaciones y convalidaciones

·         CAPÍTULO IX. Educación de personas adultas
o   Artículo 66. Objetivos y principios
o   Artículo 67. Organización
o   Artículo 68. Enseñanza básica
o   Artículo 69. Enseñanzas postobligatorias
o   Artículo 70. Centros

TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
·        CAPÍTULO I. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
o   Artículo 71. Principios
o   Artículo 72. Recursos
Sección Primera. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales
o   Artículo 73. Ámbito
o   Artículo 74. Escolarización
o   Artículo 75. Integración social y laboral
Sección Segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales
o   Artículo 76. Ámbito
o   Artículo 77. Escolarización
Sector Tercera. Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español
o   Artículo 78. Escolarización
o   Artículo 79. Programas específicos

·         CAPÍTULO II. Compensación de las desigualdades en educación
o   Artículo 80. Principios
o   Artículo 81. Escolarización
o   Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural
o   Artículo 83. Becas y ayudas al estudio

·         CAPÍTULO III. Escolarización en centros públicos y privaos concertados
o   Artículo 84. Admisión de alumnos
o   Artículo 85. Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias
o   Artículo 86. Igualdad en la aplicación de las normas de admisión
o   Artículo 87. Equilibrio en la admisión de alumnos
o   Artículo 88. Garantías de gratuidad

·         CAPÍTULO IV. Premios, concursos y reconocimientos
o   Artículo 89. Premios y concursos
o   Artículo 90. Reconocimientos

TÍTULO III. PROFESORADO
·         CAPÍTULO I. Funciones del profesorado
o   Artículo 91. Funciones del profesorado

·         CAPÍTULO II. Profesorado de las distintas enseñanzas
o   Articulo 92. Profesorado de educación infantil
o   Artículo 93. Profesorado de educación primaria
o   Artículo 94. Profesorado de educación secundaria obligatoria y bachillerato
o   Artículo 95. Profesorado de formación profesional
o   Artículo 96. Profesorado de enseñanzas artísticas
o   Artículo 97. Profesorado de enseñanzas de idiomas
o   Artículo 98. Profesorado de enseñanzas deportivas
o   Artículo 99. Profesorado de educación de personas adultas

·         CAPÍTULO III. Formación del profesorado
o   Artículo 100. Formación inicial
o   Artículo 101. Incorporación a la docencia en centros públicos
o   Artículo 102. Formación permanente
o   Artículo 103. Formación permanente del profesorado de centros públicos

·         CAPÍTULO IV. Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado
o   Artículo 104. Reconocimiento y apoyo al profesorado
o   Artículo 105. Medidas para el profesorado de centros públicos
o   Artículo 106. Evaluación de la función pública docente

TÍTULO IV. CENTROS DOCENTES
·         CAPÍTULO I. Principios generales
o   Artículo 107. Régimen jurídico
o   Artículo 108. Clasificación de los centros
o   Artículo 109. Programación de la red de centros
o   Artículo 110. Accesibilidad

·         CAPÍTULO II. Centros públicos
o   Artículo 111. Denominación de los centros públicos
o   Artículo 112. Medios materiales y humanos
o   Artículo 113. Bibliotecas escolares

·         CAPÍTULO III. Centros privados
o   Artículo 114. Denominación
o   Artículo 115. Carácter propio de los centros privados

·         CAPÍTULO IV. Centros privados concertados
o   Artículo 116. Conciertos
o   Artículo 117. Módulos de concierto

TÍTULO V. PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS
·         CAPÍTULO I. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros
o   Artículo 118. Principios generales
o Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados
·         CAPÍTULO II. Autonomía de los centros
o   Artículo 120. Disposiciones generales
o   Artículo 121. Proyecto educativo
o   Artículo 122. Recursos
o   Artículo 123. Proyecto de gestión de los centros públicos
o   Artículo 124. Normas de organización y funcionamiento
o   Artículo 125. Programación general anual
·         CAPÍTULO III. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos
Sección Primera. Consejo Escolar
o   Artículo 126. Composición del Consejo Escolar
o   Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar
Sección Segunda. Claustro de profesores
o   Artículo 128. Composición
o   Artículo 129. Competencias
Sección Tercera. Otros órganos de coordinación docente
o   Artículo 130. Órganos de coordinación docente
·         CAPÍTULO IV. Dirección de los centros públicos
o   Artículo 131. El equipo directivo
o   Artículo 132. Competencias del director
o   Artículo 133. Selección del director
o   Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director
o   Artículo 135. Procedimiento de selección
o   Artículo 136. Nombramiento
o   Artículo 137. Nombramiento con carácter extraordinario
o   Artículo 138. Cese del director
o   Artículo 139. Reconocimiento de la función directiva

TÍTULO VI. EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
o   Artículo 140. Finalidad de la evaluación
o   Artículo 141. Ámbito de la evaluación
o   Artículo 142. Organismos responsables de la evaluación
o   Artículo 143. Evaluación general del sistema educativo
o   Artículo 144. Evaluaciones generales de diagnóstico
o   Artículo 145. Evaluación de los centros
o   Artículo 146. Evaluación de la función directiva
o   Artículo 147. Difusión del resultado de las evaluaciones

TÍTULO VII. INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
o   Artículo 148. Inspección del sistema educativo

·         CAPÍTULO I. Alta inspección
o   Artículo 149. Ámbito
o   Artículo 150. Competencias

·         CAPÍTULO II. Inspección educativa
o   Artículo 151. Funciones de la inspección educativa
o   Artículo de 152. Inspectores de Educación
o   Artículo 153. Atribuciones de los inspectores
o   Artículo 154. Organización de la inspección educativa





El 3 de mayo del 2006 se publicó la LOE (Ley Orgánica de Educación) con el fin de unir en una las leyes anteriores y asegurar calidad de educación.
En años anteriores se han dado diferentes leyes de educación que se iban remplazando en busca de la mejora educacional española.


En 1857 se aprobó la Ley Moyano, está fue una de las más importantes, duró más de cien años. Esta ley decía que la enseñanza primaria era obligatoria hasta los 12 años y gratuita para aquellos que no pudieran pagarla; la segunda enseñanza en la que se preveía la apertura de institutos de bachillerato y escuelas normales de magisterio; y la enseñanza superior con las universidades.
En 1970 se modificó la Ley Moyano por la Ley Villar Palasí. Esta se componía de EGB (Educación General Básica) en los que era obligatoria la asistencia hasta los catorce años y tras ellos se realizaban ocho años de  BUP (Bachillerato Unificado Polivalente) o la FP (Formación Profesional) que se creó en ese momento. Esta Ley fue vigente desde 1970 hasta 1985. En 1985 fue remplazada por la LODE ( Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación). En 1990 se aprobó la LOGSE (Ley de Organización General del Sistema Educativo), se la consideraba con la primera gran ley reguladora del sistema educativo español de la democracia. Esta Ley se caracteriza por hacer obligatorio en este momento la educación hasta los 16 evitando así el margen que quedaba entre los 14 y 16 años en los que el alumno que no quería estudiar tampoco podía trabajar.
Por último tenemos la LOE (Ley Orgánica de Educación), esta es la ley vigente en este momento.
De esta ley es de destacar:
PRINCIPIOS: transmisión de valores, una educación para todos, el aprendizaje permanente, la orientación...
FINES:  desarrollo de la personalidad y las capacidades de todos los alumnos, desarrollar las capacidades y habilidades de los alumnos...
ORGANIZACIÓN:  Etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza.
Este sistema de educación nos ofrece desde menor edad a mayor: Educación Infantil (0-6 años), Educación Primaria (6-12 años), Educación Secundaria (12-16 años) << estas tres compondrían el mínimo obligatorio>>, Bachillerato (16-18 años), Formación Profesional, Enseñanza Artística, Enseñanza de Idiomas, Enseñanza Deportiva, Enseñanza para Adultos y Enseñanza Universitaria.

Nuestro grado es de Educación Primaria por lo que hablaremos de ella en particular.
Sus PRINCIPIOS GENERALES: esta etapa se desarrolla desde los 6 a los 12 años y pretende dar una educación que favorezca el desarrollo personal de cada alumno y que adquiera las habilidades necesarias para su posterior desarrollo.
Sus OBJETIVOS: trata de desarrollar capacidades como las relacionadas con los valores, normas de convivencia, el desarrollo de hábitos de trabajo, respeto a la interculturalidad, a la naturaleza...
Su ORGANIZACIÓN: la Educación Primaria comprende tres ciclos que engloban dos cursos cada uno. En cada curso se dan las diferentes áreas de Lengua Castellana, Matemáticas, Lengua extranjera, Conocimiento del Medio, Educación Plástica y Educación Física.
En el 3º o 4º cursos además de estas áreas se llevará a cabo Educación para la Ciudadanía.
Sus PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS: reflejan que habrá mayor atención a la diversidad, al modelo educativo individualizado, se prestará especial atención a la comprensión lectora y a la expresión tanto oral como escrita así como a las TICs y a la educación en valores.
La EVALUACIÓN: será continua y global. Siempre que se considere que el alumno a superado las competencias adecuadas pasará al siguiente curso e incluso teniendo alguna dificultad que no le impida progresar. A lo largo de esta etapa el niño podrá repetir una sola vez.
La EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO: una vez finalizado el segundo ciclo el maestro realizará un informe individual de cada alumno que tendrá carácter informativo. 




BLOQUE II

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